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Trabajadores con contratos suspendidos serán beneficiarios del Plan Panamá Solidario

 

Redacción Puro Periodismo

Con Información de MITRADEL-Chiriquí

07/04/2020

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral hace de conocimiento público que, siguiendo lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 81, que regula la suspensión temporal de los efectos de los contratos laborales como consecuencia de las medidas preventivas de contagio del COVID-19, los trabajadores que se hayan visto afectados por esta medida serán beneficiarios del Plan Panamá Solidario, al ser considerados personas vulnerables. El artículo 5 del Decreto Ejecutivo establece que el Mitradel proporcionará la base de datos de los trabajadores con contratos suspendidos, para lo que las empresas tendrán que seguir el trámite establecido para formalizar la suspensión: • Nota solicitando la suspensión de los contratos, • Copia del Aviso de Operación, • Copia de la última planilla preelaborada de la Caja de Seguro Social, anterior al cierre de la empresa, • Prueba de la afectación económica u orden de cierre • Base de datos, en formato Excel, con las generales de los trabajadores a quienes les suspenderán los contratos. El envío de esta información será mediante correo electrónico a la regional del Mitradel de su jurisdicción: Chiriquí: solicitudes-chiriquidavid@mitradel.gob.pa Es indispensable que las empresas envíen la solicitud de suspensión para formalizarla. Una vez aprobada la solicitud de suspensión, el trabajador quedará en la base de datos del Plan Panamá Solidario y podrá hacer su verificación en el sitio web, www.panamasolidario.gob.pa, que habilitará en los próximos días la opción de verificar a los beneficiarios.

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