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Foto del escritorPURO PERIODISMO

Aclaran quien concede la certificación de no COVID-19 a pacientes recuperados


 

Panamá, 03 de agosto del 2020 - Las certificaciones para pacientes no COVID-19 las concede el Centro de Salud y Dirección Regional del MINSA o la instalación de la Caja de Seguro Social (CSS) que atiende al paciente.


Próximamente las certificaciones serán emitidos por métodos electrónicos a los pacientes COVID-19 positivos o en aislamiento domiciliario.


Una vez que las personas terminan el aislamiento, la instalación de salud que le brindó la atención debe darle la certificación como paciente no COVID-19, informó la doctora Melva Cruz, subdirectora de la Dirección General de Salud del Ministerio de Salud (MINSA).


Los contactos cercanos de pacientes positivos el personal de salud también les indica que deben pasar por una cuarentena preventiva, una vez que ellos la cumplan tienen el mismo procedimiento de los casos positivos, el centro de salud, la policlínica, la instalación de la CSS son los encargados de certificarlos.


La segunda prueba no es obligatoria, si la persona no presenta síntomas, las empresas, aunque hay muchas empresas que la solicitan, pero de cuenta propia. En ese caso son ellos quienes tienen que gestionar la segunda prueba y sus médicos certificarla, eso no está establecido por el MINSA”, aclaró la doctora Cruz.

El donante de plasma es la persona que supero el COVID-19 y que tiene anticuerpos detectados previamente en el banco de sangre.

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